Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de las Parroquias Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas promovidas y evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: MARIA EDILIA CASTILLO SANDOVAL, JOSÉ GREGORIO CASTILLO SANDOVAL, JULIO CESAR CASTILLO SANDOVAL, ALEIDA CASTILLO SANDOVAL y SILVESTRA LUZ MARIA CASTILLO SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8177.443, V-6.889.847, V-9.994.176, V-8.178.167 y V-10.582.143, respectivamente, así como a los Herederos de la finada EUFRACIA CASTILO SANDOVAL, ciudadanos: JEAN MANUEL SANTANA CASTILLO, ALEXANDER JOSÉ CASTILLO y JULIA MARÍA SÁNCHEZ CASTILLO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.312.959, V-18.486.320 y V-20.562.116, respectivamente, la cualidad de ÚNIC.....