DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ABSTIENE DE HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO, presentado por HECTOR RAFAEL TORRES TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 12.647.933, debidamente asistido por el profesional del derecho GULLIERMO BLANCO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 173.340.
SEGUNDO: SE DECLARA INADMSIBLE EL DESISTIMIENTO, presentado por HECTOR RAFAEL TORRES TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 12.647.933, debidamente asistido por el profesional del derecho GULLIERMO BLANCO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 173.340, Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, .....