DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a la acusada NEREIDA EMILIA ESCOBAR, portador de la cédula de identidad No. V-07.954.547, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de un (01) año.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ DE CONTROL,
DR. LUIS EDUARDO MONCADA IZQUIERDO.
LA SECRETARIA
ABG. NAIROBIS GUZMAN
WP01-P-2010-3609