Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común, de los cónyuges ISAIAS HUERTAS GONZALEZ y ANA ADELINA VARGAS DE HUERTAS, ya suficientemente identificados en la presente decisión; todo de conformidad, con lo establecido en el Articulo 185-A del Código Civil Venezolano.
Queda Disuelto el Vinculo Matrimonial que entre ellos fue contraído, ante el Juzgado del Distrito Bolívar, hoy Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 18 de diciembre de 1.987; tal como consta en el Acta de Matrimonio No.31. Procédase a la liquidación de la Comunidad Conyugal, si hubiere lugar a esto.
Publíquese, Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Una vez quede f.....