DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: ACUMULACION DE CAUSAS CON NUEVO COMPUTO al joven IDENTIDAD OMITIDA, en aplicación del Principio de Unidad del Proceso por tener Dos (2) Sentencias en ejecución, debiendo cumplir LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por DOS (2) AÑOS conjuntamente con SERVICIO A LA COMUNDIAD POR 6 MESES, quedando abierta la causa Nº WP01-D-2014-331 (interno 1EA-1079-15), que contendrá como anexo el expediente cerrado Nº WP02-D-2015-368, designándose a la Defensora Pública Tercera para que lo represente en esta etapa, todo esto conforme al artículo 471 numeral 2do. del COPP,
Diarícese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al sancionado y al Centro de Orientación. Ciérrese por sistema la causa WP02-D-.....