PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Cumplimiento y Aumento de Pensión de Alimentos intentó la ciudadana CARMEN GUADALUPE CONTRERAS MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.167.739, domiciliada en Las Vegas de Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), contra el ciudadano JORGE EDISON MOROS CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.249.421, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para el niño (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), la cantidad CIENTO SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.161.400,00) mensuales, la cual será ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela y ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada mes, y adicionalmente colaborar con los gast.....