Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros que interpongan mejor derecho este Órgano Jurisdiccional debe declarar TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: NORMA LUISA SEQUERA ALGARIN, MARCO ANTONIO GONZALEZ SEQUERA, MARIA FERNANDA GONZALEZ SEQUERA y GIOHANNA MAGDALENA GONZALEZ SEQUERA, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.564.569, V-15.780.317, V-17.484.072 y V-19.122.642, respectivamente, sobre las bienhechurías ubicadas en: Avenida El Cementerio, Esquina Magiorma, Antiguo Taller Italia, Pariata, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, que han edificado a sus solas y únicas expensas, cuyos linderos, forma de construcción y demás determinaciones especifican debidamente en su petición y Documento de Propiedad del lote de terreno y las bienhechurías sobre el construidas, protocolizado por ante la Oficina Subalt.....