Por los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra el ciudadano RAFAEL NAYIB MORENO MORENO, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nº 11.111.831, de -34 años de edad, nacido el 18-10-1974, de profesión u oficio odontólogo ortodoncista de estado civil casado, Residenciado en el Sector La Popia parte baja, avenida principal, calle 1, Edificio Paraíso Suit, piso 2, apartamento N° 13m, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0414-7042552; a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en las c.....