Se dictó sentencia y se declaró, SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta por la ciudadana Lucila Rodríguez, cédula de identidad No. 1.455.796, asistida por el abogado Rafael Aguin Rojas, Inpreabogado N. 10.156, contra la orden de desalojo de la casa en la que habita en calidad de arrendataria, ubicada en la calle Lourdes No. 26 del antiguo Municipio Carayaca, hoy Parroquia de los Municipios Carayaca y el Junko del Estado Vargas, solicitada por los ciudadanos Gaetano Pontillo Basile y Bernardet da Silva de Pontillo.