Visto el contenido del acta anterior, contentiva del ACTO CONCILIATORIO celebrado en esta misma fecha y convocado por este Tribunal en el auto de admisión del día 28-11-2007, mediante el cual la YOLIMAR ARENALES CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.503.439, parte demandante, asistida por la abogada en ejercicio IRAIMA PETIT OMAÑA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 26.192 y la ciudadana LISBETH EDGUIMAR CHAVEZ CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-12.229.093, parte demandada, asistida por el abogado en ejercicio JENDER RIGOBERTO CHACÓN ROA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 35.076, deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN, y por cuanto se observa que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte.....