DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE OFICIO del Auto dictado en fecha 10 de febrero de 2025, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira, en la causa seguida en contra del ciudadano FRANNERS JOSE LOPEZ CISNERO, titular de la cedula de identidad N° V-19.273.892, y demás actos subsiguientes que emanen de él, a excepción del presente fallo, por presentar errores de carácter procedimental y constitucional, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 174, 175 y 179 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Vene.....