En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano ERDEM BARGAN, de nacionalidad Turca, natural de Istanbul, Turquía, nacido en fecha 28-05-1974, de 35 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Serahattin Bargan (v) y Neaihe Bargan (v), residenciado Ful Ya, Sisli Listanbul Okayanus, apt. Nro. 01 Di3, Turquía, portador del pasaporte de la Republica de Turquía Nro. 411747, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.