CONDENA al acusado YORBI RAFAEL PÉREZ MORENO, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, delito éste previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal vigente