declara con lugar la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente al citado adolescente: MIGUEL ANGEL DUQUE PEREZ, venezolano de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.776.961, para que adquiera junto con su madre, ciudadana: IRIS COROMOTO PEREZ PEÑALOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.147.223 y por la suma de: CIEN MILLONES DE BOLIVARES (100.000.000,oo Bs.), los derechos y acciones de propiedad y posesión que le pertenecen al ciudadano: JESUS ANTONIO GARCIA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. V-9.032.931, sobre un bien inmueble consistente en un lote de terreno propio con un área de doscientos setenta metros cuadrados (270 mts2) y la casa sobre él construida, ubicado en la calle 12, entre carreras 13 y 14 de la Urbanización Francisco de Miranda de Táriba, jurisdicción del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: mide v.....