PRIMERO: ACUERDA LA PRORROGA, solicitada por la Fiscal para presentar acto conclusivo, por un lapso de QUINCE (15) DÍAS CONTINUOS contados a partir del vencimiento de los treinta días que tiene la Fiscalía del Ministerio Público para presentar el acto conclusivo, contados a partir del vencimiento de los treinta días que tiene la Fiscalía del Ministerio Público para presentar el acto conclusivo, es decir del 01 de Marzo del 2006, hasta el día 16 de Marzo del 2006 de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez resuelto lo solicitado, devuélvase las actuaciones a la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público. Ambas partes renuncian a los lapsos procesales para el ejercicio de cualquier recurso, por lo que solicitan la remisión de la causa de inmediato a la Fiscalía. Déjese copia para el archivo del Tribunal de la presente decisión. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 4:30 minutos de la tarde.
ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
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