DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada, en consecuencia SE DECRETA la Medida de Prohibición de Enajenar sobre:
"Un bien inmueble propiedad del demandado ciudadano Tito Gerardo Zambrano Chávez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 5.022.343, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con mejoras que son o fueron de Josefina M de Carrillo, mide 39,60 mts; SUR: Colinda con el Hospital Central , mide 41,40 mts; ESTE: Con mejoras que son o fueron del Dr. Antonio Márquez Carrillo, mide 2,30 mts; Oeste: Avenida en Proyecto, hoy Avenida Lucio Oquendo, mide 25 mts, según documento debidamente inscrito por ante la Oficina Subalterna del Registro Inmob.....