SE PUBLICO Y REGGISTRO SENTENCIA DONDE SE DECLARO TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurias ubicada en el lugar llamado "Barrio Corapal", en Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado Vargas, distinguido con el N° 44, con una superficie de Noventa y Ocho Metros Cuadrados (98 m2), a favor de la ciudadana JUANITA MILLAN DE COVA, dejando a salvo el derecho de terceros.