CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los ciudadanos, ciudadanos CLAUDIA MILENA MELENDEZ ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V-18.717.848 Y EDISSON DANIEL ZAMBRANO ARTEAGA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-21.450.728. Asistidos por el abogado CARLOS AUGUSTO MALDONADO VERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 70.212, domiciliados en Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado el día 08 de Febrero de 2.010, por ante el Registro Civil del Municipio Pedro Maria Ureña, Estado Táchira, según consta en el acta N° 12.