Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE el RECURSO DE HECHO interpuesto por los ciudadanos ORLANDO CUEVAS ASTIDIAS y ÁNGEL AUGUSTO CUEVAS ASTIDIAS, asistidos por la abogada ZAIDA YARI CUEVAS MEDINA, quienes pretenden defender sus derechos e intereses, contra la negativa de oír la apelación interpuesta por los referidos ciudadanos, contra la decisión que tomó el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10 de marzo de 2015. Remítase copia fotostática certificada de la presente decisión al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, donde cursa el expediente No. 11.566 de RECONOCIMIENTO DE PROPIEDAD.
Publíquese, regístrese y déjese .....