Este Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos GILDA DEYANIRA LÓPEZ DE RODRIGUEZ, LUIS RAFAEL LÓPEZ MARCANO, WILMER FRANCISCO LÓPEZ MARCANO, OSWALDO JOSE LÓPEZ MARCANO, EDGAR ENRIQUE LÓPEZ MARCANO, EDOLI MARGARITA LÓPEZ MARCANO Y ZORAYA ROSA LÓPEZ DE DIAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.363.919, V-3.612.253, V-3.890.022, V-4.557.426, V-4.558.222, V-4.121.666 y V-4.564.262, respectivamente, con respecto de la de cujus: ROSA MARCANO ROSAS, quien falleció en fecha 03/10/2015 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-805.924, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.