DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos ABG. JESÚS ENRIQUE RAMÍREZ SILVA y JESÚS RAMÓN CARRILLO DÍAZ, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JULIO CÉSAR ROSAS ANZUALDEZ, titular de la cédula de identidad N° V.-12.865.594, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de marzo de 2025, por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otras cosas, declaró con lugar la excepción opuesta por los Defensores Privados de la ciudadana CARMEN ROSA FERREIROA TORRES, titular de la cédula de identidad N° V.-17.153.273, en su caráct.....