PRIMERO: ADMITE bajo el supuesto contenido en el numeral 5 del articulo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los abogados JEYLAN SANDOVAL SANCHEZ y JOYCEMAR GARCIA ASTRO, en su carácter de Fiscales Provisorio e Interino Sexto del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra de la decisión emitida en fecha 22/08/2014, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual DECRETO LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de los ciudadanos CARLOS LUIS ARIAS VARGAS, JEAN CARLOS MARTINEZ CHACON y EDUARDO JOSE MONASTERIO ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 19.625.839, 17.483.979 y 25.325.425 respectivamente, a quienes les fue imputado la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SEMILLAS, RESINAS Y PLANTAS, previsto y sancionado en el artículo 151 de la Ley Orgánica de Drogas..
SEGUNDO: ADMITE el escrito de contestación al recurso de apelació.....