DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se REVOCA LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, impuesta a la acusada MARLLURIS SILVA LOPEZ, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se CONDENA a la ciudadana MARLLURIS SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de Identidad V- 14.071.364, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacida en fecha 20-08-76, de 33 años de edad, de estado civil Soltera, profesión u oficio Comerciante, hija de Mercedes de Silva y Esteban Silva, residenciada en: calle Vargas el Teleférico, Parroquia Macuto, casa sin número, cerca del supermercado las quince letras, Estado Vargas, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancia Estupe.....