Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que les fuera impuestas al ciudadano ALEXANDER JOSÉ SOLORZANO SOLANO, arriba identificado, en fecha 08 de diciembre del año 2009, por este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, establecida en los ordinales 2º, 3º, 4º y 8º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 262, ordinal 3° ejusdem, en virtud de su incomparecencia a este Tribunal sin motivo justificado para la celebración del Juicio Oral y Público, el incumplimiento de la obligación de ser sometido al cuidado y vigilancia de una institución para su desintoxicación, y de las presentaciones periódicas que les f.....