PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ADRIANA ARREAZA GIL, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano JORMAN ERNESTO SOSA CRUZCO, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de Junio de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó al precitado ciudadano Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con los numerales 1, 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Se NIEGA la admisión de las declaraciones de los ciudadanos ANGELO APONTE LANDAETA, WILSON CA.....