Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos LUIS GREGORIO HIDALGO BLANCO Y ODALYS MARGARITA VENALES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- V-7.994.247 y V-7.995.142 respectivamente, contraído en fecha 07 de diciembre de 2012, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas, Estado Vargas.