En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano KEIRO JOSE SOTO GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 17 de octubre de 1976, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de José Soto (v) y de Martha González (v), titular de la cédula de identidad N° V-6.682.423, domiciliado en Sector Bucarito, Calle Los Manantiales, Casa N° 10-05. Hatillo Estado Miranda y titular de la cédula de identidad N° V-6.682.423, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.