En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Delitos de Violencia del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE APREHENSION al ciudadano LIBANO ANTONIO CALAZA GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 2.970.165, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en perjuicio de los niños, (A.V.R.R. y A.A.R.R.) de 08 y 09 años de edad, Se omite su identidad de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).. residenciado en: Avenida Principal de Playa Grande, Edificio los Dos Delfines, Torre "D-2", apto 15-4, Catia la Mar, Estado Vargas, por el Delito de ABUSO SE.....