Vista la solicitud formulada por la ciudadana GLAYDEMAR DEL VALLE TRUJILLO MEZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-29.815.201, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitan se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS respecto a AL De-cujus HECTOR RICARDO TRUJILLO PEREZ, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-6.488.727, fallecido el veinticinco (25) de Diciembre de dos mil veintidós (2022), según acta de defunción N° 413, del libro de Registro Civil de Defunción de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARBELYS MARGARITA MEZA DE TRUJILLO, HECNELL KLEJAIRI RICARDO TRUJILLO SALAZAR, ROMARIO JOSE TRUJILLO MEZA y GLAYDEMAR D.....