éste Tribunal, declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana LENNY CAROLINA MARQUEZ DIAZ, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.030.848, sobre las bienhechurías antes descritas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.