Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, intentada por el ciudadano Antonio José García Osorio, contra la ciudadana Yorelys Maytte Maldonado Santana, ambas partes identificadas en la presente decisión, con fundamento en la causal tercera del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos por ante la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 24 de marzo de 1995, según consta de acta de matrimonio Nº 49.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.
Se condena en costas a la parte perdidosa, por haber resultado totalmente vencida.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.....