Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a tenor de lo dispuesto en los artículos 259 y 260 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JOSE ELIAS RAMONES ZEA, de nacionalidad venezolana, natural de Punto Fijo, Estado Falcón, nacido en fecha 4-11-1968, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.765.431, hijo de Hilda Rosa Zea (v) y de José Elías Ramones Dabalillo (v), de 37 años de edad, Soltero, Mecánico, residenciado en las Mesas, centro poblado, calle 7, casa de color Azul, Vía Seboruco, Estado Táchira; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículo 17 y 20 respectivamente de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Noslen Yalet Parra Guerrero, imponiéndole las obligaciones de: 1).- Presentarse cada quince (15) días por ante la prefectura del Municipio García de Hevia del Estado Táchira, 2.)- prohibición .....