DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la DRA. ANCCELUT DEL CARMEN PRIETO MALDONADO, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, PRORROGA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN a los ciudadanos MARIA EDELMIRA PERAZA BOLÍVAR y CRISPINIANO DE JESUS ARROYO SAAVEDRA y su grupo familiar, quienes residen en Avenida Circunvalación de Caraballeda, Residencia Escalamar, piso Nº 1, apartamento Nº 1-C, parroquia Caraballeda, Estado Vargas, teléfono nº 0414-139.05.62 y 0414-298.92.57, quienes figuran como victimas directas en la causa penal signada bajo el nº MP-86732-2013, de conformidad con los artículos 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 del Código Orgánico Procesal Penal, 34 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, medida que ha de ser ejecutada bajo los parámetros arriba explanados.