REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de mayo de 2013, mediante la cual decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos WILFREDO EDUARDO VALERA CHAPARRO y ALTAMIRANDA HENRY EUGENIO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.936.537 y 19.399.247, respectivamente, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDO CALIFICADO CON PREMEDITACION y ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, EN GRADO DE AUTOR para el primero y de FACILITADOR para segundo de los nombrados, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 218 y 286 Código Penal, respectivamente, así como PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, para el imputado WILFREDO EDUARDO VALERA CHAPARRO y en su lugar se ORDENA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de los prenombr.....