SE DICTA SENTENCIA MEDIANTE LA CUAL SE NIEGA la Medida Cautelar que permita al ciudadano Federico Mateu Baldini, tener acceso al Club Caraballeda Golf & Yacht Club y a sus embarcaciones., solicitada por su apoderado judicial CARLOS PRINCE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.890, por cuanto no se encuentran llenos los extremos legales, establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.