Por los razonamientos expuestos anteriormente, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, ha instaurado el ciudadano ELY SALVADOR CONTRERAS GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.265.339 y de este domicilio, en su carácter de TRABAJADOR, contra la sociedad mercantil SEGURIDAD DEL ESTE C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el expediente Nº 103.695, tomo 24-A, de fecha 13-12-2001, en su carácter de parte PATRONAL, en la persona de su director gerente ciudadano DOMINGO MORENO. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.