Este Tribunal en mérito de las precedentes consideraciones, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara las presente diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos CARMEN HAYMARA VILLAMARIN PASTRAN, SANDRA YORLEY VILLAMARIN PASTRAN, YONY ALEXANDER VILLAMARIN PASTRAN, LELIS ARGENIS VILLAMARIN PASTRAN, LUIS ENRIQUE VILLAMARIN PASTRAN, JULIO ALFONSO VILLAMARIN PASTRAN, JENRRY VILLAMARIN PASTRAN, CLAUDIO JOSE VILLAMARIN PASTRAN, OSCAR ORLANDO VILLAMARIN PASTRAN, YRMA MARIA PASTRAN DE LANDAZABAL y ROSA EMERITA VILLAMARIN PASTRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.235.870, 13.588.455, 12.815.073, 12.815.074, 11.497.957, 11.497.996, 9.234.983, 9.234.984, 9.233.277, 9.225.231, 5.678.753, el Derecho de ser UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano CLAUDIO VILLAMARIN FIGUEROA; quedando en todo caso a salvo el derecho de terceros.
Déjese copia certificada de estas actuacio.....