DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano GALLARDO SANCHEZ NOEL ANTONIO, quien es nacionalidad Venezolano, natural del Estado Barquisimeto, Estado Lara, donde nació en fecha 15-08-1981, de estado civil soltero, de profesión u oficio moto-taxista, residenciado en Callejón Nº 05, zona Nº 05, parroquia Caruao, Estado Vargas o en la calle clíper, callejón salgado, casa Nº 20, teléfonos 0424-111-31-67; 0424-128-77-54; 0212-815-1137 , y titular de la cédula de identidad N° V-17.228.553, por la comisión del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción, cometido en las circunstancias de mo.....