"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos FREDY JOSE BARBOSA RAMIREZ, YANITZA COROMOTO MONTILLA BASTIDAS, RUTH RAMOS SEDANO, RAOMIR YOHANNER PESTANA GARCIA, venezolanos, solteros; titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 20.218.820, V-19.299.279, V-25.703.912, V¬¬- 27.004.801 en su orden receptivo, domiciliados en La Tendida, municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las 10 horas de la mañana (10:00 a.m.), del día de hoy lunes trece (13) de enero de dos mil veinticinco (2025). Se ordena expedir el desglose del documento privado objeto de legalidad y una copia cer.....