VI
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL S. A., BANCO UNIVERSAL, en contra del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la certificación médico ocupacional número CMO-0175/2013, de fecha 22 de noviembre de 2013, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral.
Notifíquese mediante oficio al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, con inserción de copia certificada de la presente sentencia.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada de la presente de.....