Al ciudadano LUIS ESTEBAN SANDOVAL, se le condenó a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 456 del Código Penal, siendo detenido el día 30 de Julio de 2008, situación en la que se mantiene hasta la presente fecha, evidenciándose que ha cumplido entonces un tiempo de la pena impuesta dos (02) Años, un (01) Mes y trece (13) Días, debiendo este Órgano Jurisdiccional tomar en cuenta la decisión dictada en esta misma fecha, en la cual se le redimió la Pena por el Trabajo por un lapso de tres (03) Meses y once (11) días, por lo cual se determina que ha cumplido hasta la data de hoy, tomando en cuenta la redención antes mencionada, un tiempo de Dos (02) años, cuatro (04) meses y veinticuatro (24) días, faltándole entonces un lapso de tres (03) Meses y seis (06) días, para cumplir en su totalidad la pena que le fuera impuesta.
Así las cosas, co.....