En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la acusación formulada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, por cuanto la misma no reúne los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1º ejusdem, a favor de los ciudadanos: JESUS DANIEL NAVARRO SOTO, YASENIA COLMENARES RAMOS Y OLENE ANAIS GUILARTE COLMENARES, arriba identificados, de conformidad con lo previsto en el art. 318 ord. 1° del Código Orgánico Procesal Penal, para, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico .....