SE FIJA en la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150,oo) mensuales, los cuales cancelaré en víveres con los cesta ticket, y cuando no tenga cesta ticket, los cancelaré en efectivo, y los depositaré en la cuenta aperturada para tal fin, y durante el año le compraré tres mudas de ropa y un par de zapatos, esto es a parte de los estrenos del mes de diciembre y los gastos médicos, odontológicos, medicinas y exámenes de laboratorio los mismos serán sufragados por ambos padres, y los gastos de inicio del año escolar, en el mes de septiembre, le cancelará la suma de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) más ciento cincuenta (150,00) Bolívares en víveres. SEGUNDO: Se ordena librar oficio a la entidad bancaria Bicentenario, con el fin de que proceda a aperturar una cuenta de ahorros. TERCERO: Así mismo y conforme lo establece el ultimo aparte del referido artículo 369 eiusdem, se establece el aumento automático y proporcional de la mensualidad fijada aquí establecidos en un veinte por cie.....