Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho Dres. JUANA EVANGELISTA OROPEZA y JESUS RAMÓN CARRILLO DÍAZ, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano DANIEL JOSE ARTILLANO SANDOVAL, titular de la cédula de identidad N° V-18.756.027, en contra de los pronunciamientos emitidos en la Audiencia Preliminar en fecha 25 de octubre de 2018, celebrada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida al ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIA.....