Se dicta sentencia y se considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: DA CORTE DE ABREU SETELIO BENEDICTO Y MARTINEZ JUNNESY NORELY, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.995.919 y 12.715.606, respectivamente, y así se decide; y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído el día 03 de Abril de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Naiguatá, del Municipio Vargas del Estado Vargas.