En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza el REGIMEN ABIERTO a la penada OCTAVIA MOLDOVAN, quien es de nacionalidad alemana, nacida en Rumania, e identificada con pasaporte Nro. 4299094760, antes identificado, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, numeral 1º y 500 en su encabezamiento, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario para Mujeres (CTC) "Pbro. JOSE MARIA FABIAN RUBIO", situado en Boleita Norte, Caracas obligándose también a cumplir todas las condiciones contenidas en la presente decisión, con la advertencia de que el incumplimiento de alguna de ellas, dará lugar a la revocatoria de la presente autorización.