CONDENA AL CIUDADANO BASIOR ANDRZEJ, quien dijo ser de nacionalidad Polaca, natural de Korsze, nacido en fecha 27/10/1975, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio constructor, hijo de ANDRZEJ BAZIOR y de IRENA HAWRYLUK, residenciado en: Limanowskiego 28122, 11-400, Ketrzyn, Polonia, titular del pasaporte de la Republica de Polonia Número AB-1774561, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de la aplicación del Procedimiento Por Admisión de los Hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal;