DISPOSITIVO
En consecuencia por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO OCHO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de los imputados VICTOR NEPTALI ARELLANO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.321.222, nacido el 14/04/1987, agricultor, domiciliado en la Aldea Los Loros, sector La Cúspide, Finca Las Palmas, municipio Michelena, estado Táchira; y CARLOS PASCUAL ARELLANO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.597.267, nacido el 17/05/1985, agricultor, domiciliado en la Aldea Los Loros, sector La Cúspide, Finca Las Palmas, municipio Michelena, estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVISIMAS AGRAVADAS.....