En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA impuesta en sentencia firme al ciudadano penado FRANCHESCO JOSE SILVA ROJAS, , quien dijo ser de nacionalidad venezolana, Natural de la Guaira, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-24.806.189, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS y NUEVE (9) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON CONTINUADO EN GRADO DE COMPICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 456, único aparte, en concordancia con el artículo 99 primer aparte y 84 numeral 3 todos del Código Penal, conforme a lo previsto en los artículos 474, encabezamiento, en concordancia con el 482 del Código Orgánico Procesal Penal.