Al ciudadano penado LEONEL ALBERTO PALACIOS REBOLLEDO, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-18.534.039, se le condenó a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL COMO COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 405 del Código Penal, siendo detenido por primera y única vez desde el día 21-02-2009, situación que se mantiene hasta la presente fecha, debiendo este Juzgador tomar en cuenta la decisión dictada en esta misma fecha mediante el cual se le redime un tiempo de CUATRO (4) MESES, SEIS (06) CON 12 HORAS, por lo cual se determina que ha cumplido hasta la data de hoy, tomando en cuenta la redención antes mencionadas DOS (2) AÑOS, ONCE (11) MESES, DOS (02) DIAS con Doce (12) HORAS, por lo que le falta por cumplir NUEVE (09) AÑOS, VEINTISIETE (24) DIAS CON (12) HORAS.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado po.....